viernes, 27 de junio de 2008

Opinión sobre el proyecto del Frente Vecinal de Esquel

Acerca de la creación del CEDOCAM
El Frente Vecinal de Esquel presentó en el Concejo Deliberante un Proyecto de Ordenanza. "Tema: Ordenanza de creación del Centro de Documentación sobre Cuestiones Ambientales (CEDOCAM)
"Visto:
"Los artículos 43 de la Constitución Nacional y 109 de la Constitución de la Provincia del Chubut, disposiciones de las leyes nacional N° 25.675 y provincial N° 5.439, y
"Considerando:
"Que resulta necesario iniciar un adecuado proceso de planeamiento a largo plazo para la Ciudad de Esquel que, entre otros requisitos, contemple el crecimiento urbano con sustentabilidad ambiental.
"Que para ello es imprescindible comenzar por recopilar información tendiente a conocer con el mayor grado de confiabilidad posible, las características ambientales de nuestro entorno.
"Que al respecto, existen numerosos trabajos relacionados con la cuestión ambiental de nuestra zona, tanto de organismos públicos como privados y de particulares que, muchas veces por desconocimiento, son desaprovechados a la hora de tomar decisiones de política ambiental por los organismos competentes.
"Que en tal sentido se considera útil reunir en un mismo ámbito toda la documentación existente y que se produzca en lo sucesivo respecto del tema, a fin de sistematizar su clasificación y consulta para, de este modo, facilitar la adopción de las políticas públicas respecto de la cuestión.
"Que el ámbito del Concejo Deliberante se considera el más adecuado para actuar como depositario del material reunido, por su naturaleza de órgano representativo de la totalidad de la ciudadanía y productor de las normas que la regulan, entre ellas las relacionadas con la problemática ambiental. Ello sin perjuicio de que el Centro de Documentación que se proyecta deberá obrar, además, como fuente de consulta para la totalidad de los interesados, entre ellos, principalmente, el Departamento Ejecutivo Municipal.
"Que resulta conveniente para satisfacer dicha necesidad, la creación del Centro de Documentación sobre Cuestiones Ambientales (CEDOCAM), cuya misión será la de recopilar la totalidad de los trabajos publicados o inéditos, existentes o que en lo sucesivo se produzcan, sobre cuestiones ambientales de la zona y/o que puedan afectar o incidir en el ambiente y/o en la calidad de vida de los vecinos de nuestra Ciudad.
"Que resulta conveniente que la direción del Centro a crearse funcione en la órbita de la Comisión Permanente de Ambiente y Recursos Naturales del Cuerpo y que el mismo sea dirigido por el presidente de la aludida comisión.
"Por ello: el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel, en uso de atribuciones y facultades que le confiere la ley 3.098 sanciona la presente:
Ordenanza:
"Artículo1: Créase el Centro de Documentación sobre Cuestiones Ambientales (CEDOCAM) que se regirá por la presente Ordenanza y las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten.
"Art. 2. El CEDOCAM funcionará en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante. Será dirigido por el presidente de la Comisión Permanente de Ambiente y Recursos Naturales del Cuerpo, lo que no generará derecho a retribución adicional a su favor, sin perjuicio del reintegro de los gastos incurridos en su ejercicio.
"Art.3. El CEDOCAM tendrá como misión la reunión de la totalidad de la documentación existente y que en lo sucesivo se produzca relativa a cuestiones ambientales referidas a la ciudad de Esquel y aledaños y/o que de alguna manera puedan tener incidencia en la calidad del ambiente de la Ciudad y en la calidad de vida de sus habitantes.
"Art. 4. El CEDOCAM requerirá de entidades públicas y privadas y de particulares la remisión, dentro de lo posible, de todo material de interés relevante sobre el tema ambiental, tales como: publicaciones, tesis, monografías, "papers", presentaciones, ponencias, relevamientos, y cualquier otro material, ya fuere publicado o inédito. La remisión se efectuará en el soporte más adecuado, en función del material enviado, procurando que la misma se acompañe en todos los casos de una versión en formato digital.
"Art. 5. El CEDOCAM clasificará y conservará la totalidad del material recibido, cuya consulta será pública, debiendo adoptarse los recaudos necesarios para la preservación de los derechos de propiedad intelectual de las obras, en cumplimiento de las disposiciones vigentes al respecto.
"Art. 6. El CEDOCAM, representado por su director, queda facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas, los que, para su validez, deberán ser ratificados por resolución del H.C.D.
"Art. 7. De forma."
Se requirió la opinión a la Universidad y desde el Delegado Zonal a las diversas áreas de la sede. Esta es la opinión enviada desde Biblioteca:

No es necesaria la creación de este Centro porque:

a) Duplica la información que ya existe o existiría en otras instituciones, innecesariamente
b) Requiere de recursos financieros que pueden ser volcados a informatizar la Biblioteca Municipal, (aunque no está muy claro este aspecto en el Proyecto, los recursos financieros que se necesitarán serán importantes)
c) Necesita espacio físico, mobiliario y personal que ya existe en otros ámbitos (Biblioteca Municipal, Biblioteca Universitaria, Biblioteca del INTA, Biblioteca del CIEFAP).

Entonces la propuesta es:

La clave está en construir redes interinstitucionales, estar conectados en redes informáticas, compartir, diseminar la información.

Las Bibliotecas existentes (las ya mencionadas entre otras) deben estar automatizadas, su personal en capacitación permanente, el acervo bibliográfico y en otros soportes clasificado y catalogado y listo para compartir en soporte papel o en soporte digital.

Cada usuario debe poder acceder desde su computadora y desde cualquier lugar a la información volcada en los catálogos automatizados, no solamente a las fichas de las obras sino a su contenido, teniendo en cuenta además, que la información más relevante y actualizada no está en los libros sino en las publicaciones periódicas (Boletines, abstracts, journals, bases de datos, reportes, revistas, etc.)

Los concejales, los funcionarios del gobierno y toda persona pueden y deben poder acceder libremente a las bibliotecas sin importar si son de una institución provincial o nacional, o si funcionan en el ámbito de otro poder (el Judicial por ejemplo).

En la actualidad se posee equipamiento, la provincia tiene fondos, el municipio también, la red de redes (Internet e Internet 2) va en crecimiento y no podemos quedar fuera de ella. Se estima que están dadas las condiciones para que a través del trabajo conjunto de los bibliotecarios e informáticos de nuestra ciudad se puedan construir redes dentro de cada institución, redes que desde sus bibliotecas se enlacen entre sí.

Será necesaria la creación, mantenimiento y actualización de sitios web, de páginas web, para que el flujo de la información corra en todos los sentidos y se produzca en verdadero feed-back haciendo más relevantes los recursos que ya existen, por lo cual más que una idea, más que una declaración de deseos, lo antedicho puede ser una realidad si se trabaja por ello sin necesariamente crear más inventos como el del Proyecto que es muy loable, sino darle mayor relevancia a las bibliotecas existentes.

Sin embargo, en caso que el Concejo Deliberante concrete este proyecto, no debería estar al frente del mismo un concejal sino un Bibliotecario Profesional, pues aquí se habla de recopilar, clasificar y conservar, administrar y poner a disposición del público los documentos, todas funciones inherentes a la profesión bibliotecaria como la de catalogación que es central, pero no mencionaron.
Esteban Blanco
Jefe de Biblioteca
UNPSJB

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